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Publicado el 19 de Enero de 2012 en Comunicados

 

El gravamen se aplicará en los ejercicios 2012 y 2013 sobre todos los tramos de base liquidable general actualmente vigentes para aplicación de la tarifa estatal. Los porcentajes aplicables oscilan entre el 0'75 por 100 para el primer tramo de la tarifa, el correspondiente a las rentas más bajas, hasta el 7 por 100 para las rentas superiores a 300.000 euros, tramo que se crea nuevo para este gravamen.

 

Será de aplicación a partir de la nómina de febrero

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Ejemplos:

Para una persona soltera sin hijos:

- Si su renta es de 30.000 euros, el incremento es de 248,88 euros anuales.

Para una familia con dos hijos y declaración conjunta:

- Si sus ingresos son 30.000 euros, el incremento de cuota es 151,81 euros al año.

 

 

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