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Publicado el 31 de Enero de 2014 en Asignatura

Los obispos han dialogado también sobre la situación en la que queda la enseñanza religiosa en la Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa (LOMCE), conforme a las exigencias del Acuerdo internacional entre el Estado Español y la Santa Sede en esta materia, que desarrolla el artículo 27.3 de la Constitución.

Han valorado positivamente que se haya llevado a cabo la regulación de la religión católica en Educación Primaria y Educación Secundaria, y han mostrado al mismo tiempo su  insatisfacción con respecto a la regulación en el Bachillerato, porque no se garantiza la oferta obligatoria de la asignatura por parte de los centros ni tampoco que los alumnos puedan optar por ella.

Los obispos esperan que, para cumplir adecuadamente el mencionado Acuerdo, y para que los padres puedan ejercitar su derecho de educar a sus hijos conforme a sus convicciones religiosas y morales,  se dé, en el decreto de enseñanzas mínimas, el mismo tratamiento a la religión católica en Educación Infantil y en el Bachillerato que el establecido en Educación Primaria y Educación Secundaria, así como que  se garantice en todas las etapas el horario equivalente a las materias específicas.

NOTA DE APPRECE:

1. El pasado día 21 de enero, una representación de APPRECE NACIONAL, compuesta por su Presidente, el Vicepresidente y la Secretaria Nacional, mantuvimos una nueva reunión de trabajo con los técnicos de la Secretaría de Estado de Educación del Ministerio, encargados de la regulación de las enseñanzas de la Religión y del futuro Estatuto de la Función Pública Docente, quedando de acuerdo en seguir dialogando las veces que sean convenientes hasta que queden resueltas definitivamente la regulación tanto de las enseñanzas de Religión como de la Ley del Estatuto de la Función Pública Docente.

2. Mostramos a los técnicos la preocupación de APPRECE en estos puntos:

a) La regulación de la Religión en la Educación Infantil.

b) La regulación de la Religión en el  Bachillerato.

c) Los horarios que se le van a dedicar a la Religión en la Educación Infantil y en la Educación Primaria, en los cursos 1º, 3º y 5º de Primaria, que son los que comenzarán el próximo curso, 2014-2015, en aplicación de la LOMCE.

(Todos los demás cursos del Plan de la LOE, en Educación Infantil, Educación Primaria -2º, 4º y 6º- así como todos los cursos de la ESO y los dos cursos del Bachillerato de la LOE, continúan con el mismo horario el próximo curso 2014-2015)

3. Las coincidencias de APPRECE con las exigencias de la Conferencia Episcopal Española, en estos puntos, como podemos observar, es plena. También en la forma en que el Ministerio de Educación debiera garantizar en toda España, tanto las enseñanzas de la Religión como sus horarios.

a) APPRECE ha pedido a los técnicos del Ministerio que las enseñanzas de la Religión y sus horarios sean regulados por un Real Decreto específico, como se ha venido haciendo siempre, porque:

b)  La enseñanza de la Religión Católica está regulada en España por un Acuerdo Internacional entre el Estado y la Santa Sede y, es por tanto, el Gobierno de España el que, en cumplimiento de este acuerdo, tiene que regularla para toda España. No son los Gobiernos de las Comunidades Autónomas los que deben regularla, sino aplicar la regulación ordenada por el Gobierno de España.

c) La enseñanza de las otras religiones (evangélica, islámica y judía) están reguladas por convenios firmados entre el Gobierno de España y las Confesiones Religiosas, por lo que el responsable del cumplimiento de estos convenios es el Gobierno de España. Los Gobiernos Autonómicos son competentes para aplicar la regulación ordenada por el Gobierno de España.

d) Los horarios mínimos para las enseñanzas de la Religión en toda España deben ser regulados por el Gobierno de España, mediante dicho Real Decreto.

4. Las razones que da el Ministerio de Educación para no regular las enseñanzas de Religión mediante un Real Decreto específico son:

a) Que en la LOMCE, el Gobierno de España se reserva la regulación de las asignaturas llamadas troncales, a las que se le tienen que dedicar el 50 % del horario escolar.

b) Mientras que son los Gobiernos de las Autonomías los que tienen que regular el otro 50 % del horario con las asignaturas llamadas específicas, entre las que se encuentran las enseñanzas de la Religión.

5. Se plantea un "conflicto" de interpretación de normas que si no queda resuelto mediante el diálogo y la negociación, es probable que tengan que ser los Tribunales de Justicia los que resuelvan el conflicto.

Por eso APPRECE, que como Asociación Civil y como Sindicato, tiene entre sus fines la defensa de la Religión en la escuela pública, puede y debe continuar dialogando y negociando soluciones al "conflicto" actual, para evitar la interposición de Recursos ante los Tribunales de Justicia.

Os mantendremos informados de todas las actuaciones que APPRECE continuará haciendo en todo lo que se refiere a las enseñanzas de la Religión y, como no, también en las que se refieren al Profesorado de Religión, que es la otra gran finalidad de APPRECE: la defensa del Profesorado de Religión en toda España.

Madrid, 30 de enero de 2014

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